A. ETAPA POST-ELECTORAL

II. Escrutinio Definitivo

Inicio de las Operaciones Aritméticas de Escrutinio

Definida la situación de los Votos Recurridos y los Impugnados, comienzan las operaciones aritméticas sobre los resultados consignados en cada
Acta de Apertura, Escrutinio y Cierre de Mesa

•  Si no hay Votos Recurridos ni Impugnados:
Queda definitivamente cerrada

•  Si hay Votos Impugnados:
Las Actas de Mesa quedan cerradas dejando constancia de los cambios en la misma en razón de los Votos Recurridos y de los pendientes a raíz de los Votos Impugnados.


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